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El
Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal
Supremo, tras dos días de deliberaciones, ha acordado por 15
votos a 13 desestimar
los recursos planteados y volver al criterio según el cual “el
sujeto pasivo del Impuesto sobre los Actos Jurídicos
Documentados en los préstamos hipotecarios es el prestatario”,
apuntan fuentes jurídicas.
Los 28 magistrados reunidos en la deliberación han desestimado los tres recursos presentados por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra resoluciones anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que fallaron a favor de las entidades bancarias.
La banca sonríe. Algunas preguntas ingenuas:
¿Alguien dudaba que en el capitalismo la banca es quien tiene el poder?
¿Quién, en un ejercicio absoluto de irresponsabilidad política, intenta engañar a la gente con que existe separación de poderes y que el actual estado español es una democracia?
¿Qué gritar ahora tras comprobar que el “sí se puede” es apenas un eslógan cuando hay que abordar las cosas importantes como son monarquía, OTAN, UE, euro, Ibex, poder judicial….?
Es una información de www.insurgente.org
Los 28 magistrados reunidos en la deliberación han desestimado los tres recursos presentados por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra resoluciones anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que fallaron a favor de las entidades bancarias.
La banca sonríe. Algunas preguntas ingenuas:
¿Alguien dudaba que en el capitalismo la banca es quien tiene el poder?
¿Quién, en un ejercicio absoluto de irresponsabilidad política, intenta engañar a la gente con que existe separación de poderes y que el actual estado español es una democracia?
¿Qué gritar ahora tras comprobar que el “sí se puede” es apenas un eslógan cuando hay que abordar las cosas importantes como son monarquía, OTAN, UE, euro, Ibex, poder judicial….?
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