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El
Tribunal Supremo de España, ha declarado este jueves nulo el
cese del personal interino al considerar “abusiva” la utilización
de contratos de duración determinada, y reconoce su derecho a
mantenerse en sus puestos, percibiendo las retribuciones no abonadas
mientras la Administración incumpla la normativa.
En dos
sentencias, la sala de lo Contencioso-Administrativo, aunque descarta
convertirlos de forma automática en indefinidos no fijos, reconoce
el derecho de los afectados por estos nombramientos temporales, que
según fuentes jurídicas podrían ser miles, a una
indemnización, que dependerá de las peculiaridades de cada caso,
siempre que así la soliciten y acrediten el perjuicio.
A
efectos prácticos, la nulidad comporta que los
trabajadores continúen en sus puestos con sus
consiguientes derechos profesionales y económicos inherentes desde
el momento del cese “ilegal”.
Sin
embargo, el Alto Tribunal, que aplica la doctrina del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea, aclara que esta situación no
hace al interino “personal indefinido no fijo”, figura nacida a
finales de la década de los noventa para salir al paso de los
fraudes cometidos por el sector público en las contrataciones
temporales.
Es una
información de www.elcomunista.net