Foto Archivo
El
órgano, compuesto por 18 expertos independientes que
supervisan la aplicación del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, consideró que un Estado parte no
puede establecer el desalojo inmediato de una persona por carecer de
la titularidad legal de una propiedad sin valorar las circunstancias
de la expulsión, y sin que un tribunal considere la proporcionalidad
de la medida.
El
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las
Naciones Unidas determinó este miércoles que España violó el
derecho a la vivienda de una familia por no considerar su situación
de vulnerabilidad durante un desalojo.
Los
sucesos que motivaron esta decisión se remontan al 20 de junio de
2018 cuando una mujer y sus seis hijos remitieron una queja al Comité
donde argumentaban que España violó su derecho a la vivienda.
Es
una información de www.elcomunista.net
E
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